El recurrente recurrió ante la Audiencia Nacional al entender que la publicación de datos de dopaje no se podían entender como una infracción grave o muy grave, como determinó la Agencia Española de Protección de Datos
El recurrente recurrió ante la Audiencia Nacional al entender que la publicación de datos de dopaje no se podían entender como una infracción grave o muy grave, como determinó la Agencia Española de Protección de Datos